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El profesor Eladio Romero, coordinador de la Cátedra INERCO, profundiza en la determinación del daño sustancial ante los delitos contra el medio ambiente

El Colegio de Abogados de Sevilla acogió la conferencia sobre ‘La necesaria determinación del daño sustancial ante los delitos contra el medio ambiente’, a cargo del coordinador de la Cátedra INERCO de Riesgos Ambientales y Seguridad, el Prof. Dr. Eladio M. Romero González.

Tras la nueva regulación establecida en la LO 1/2015, de 30 de marzo, de reforma del Código Penal, Eladio M. Romero acercó a los participantes en esta charla —abogados, representantes de la Administración y del sector industrial, principalmente— esta reforma de la normativa de delitos vinculados a actividades industriales peligrosas, esenciales para la puesta en marcha de cualquier actividad así como para la regulación de la ya existente.

En esta línea, el coordinador de la Cátedra INERCO hizo un especial hincapié en la necesidad de establecer un sistema para el diagnóstico y evaluación del riesgo penal medioambiental como herramienta para los responsables especialmente expuestos, “en concordancia con las previsiones de la Norma UNE 19601 (mayo de 2017), sobre compliance penal”.

Como el propio profesor reconoció, es necesario contar con expertos y empresas que conozcan las necesidades técnicas de sectores estratégicos con vinculación ambiental, “que conozcan aspectos clave como la viabilidad económica y con experiencia contrastada para garantizar su impacto en un país como España, con numerosas particularidades regionales y locales con las que es necesario estar familiarizados”.

A lo largo de su conferencia, Romero repasó aspectos esenciales como la caracterización del tipo básico de delito ecológico, los delitos por inadecuada gestión o transporte de residuos, los daños en espacios naturales protegidos, la imprudencia grave o la prevaricación ambiental. Asimismo, se puso de manifiesto la imprescindible determinación previa de las relaciones causa-efecto entre los vertidos, emisiones, residuos o ruidos y el entorno en el que se opera, así como su carácter sustancial o significativo cuando se producen efectos negativos o riesgos de relevancia penal.

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