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Real Decreto 840/2015 sobre Medidas de Control de Riesgos de Accidentes Graves en los que Intervengan Sustancias Peligrosas

El pasado 20 de octubre se publicó en el BOE la aprobación del Real Decreto 840/2015 sobre medidas de control de los riesgos de accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, el cual deroga al actual Real Decreto 1524/1999 y sus modificaciones posteriores. Este Real Decreto supone la transposición al ordenamiento interno español la Directiva 2012/18/UE de 4 de julio de 2012.

Entre las principales novedades introducidas por el nuevo Real Decreto frente al anterior se encuentran las siguientes:

  • Se adecuan las categorías de sustancias clasificadas (Anexo I) al nuevo sistema europeo de clasificación y etiquetado de sustancias y mezclas (Reglamento CE nº 1272/2008).
  • Se establece un plazo para la adaptación por parte de los industriales a la nueva normativa, el cual oscila entre 1 y 2 años desde su publicación, en función del tipo de establecimiento.
  • Se establecen criterios mínimos para considerar la modificación de un establecimiento como modificación con consecuencias importantes sobre los riesgos de accidentes graves.
  • Se fija la obligatoriedad de realizar inspecciones rutinarias cada 3 años para los establecimientos afectados a nivel inferior. Adicionalmente para las inspecciones no rutinarias se establecen criterios más estrictos para llevarlas a cabo lo antes posible ante denuncias, accidentes grave, conatos de accidente, incidentes y casos de incumplimiento.
  • Se modifican aspectos de la consulta pública y participación en la toma de decisiones por parte del público interesado.

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Desde hace más de 25 años, INERCO aporta soluciones a las necesidades de la industria para el correcto cumplimiento de las obligaciones derivadas de la normativa de “accidentes mayores” con un completo grupo de profesionales con una dilatada experiencia.

Los servicios que ofrece INERCO a sus clientes en materia de Accidentes Graves son:

  • Elaboración de la documentación (Notificación, Informe de Seguridad, Análisis Cuantitativo de Riesgos, PPAG y SGS, Planes de Autoprotección).
  • Investigación de accidentes/incidentes.
  • Apoyo y asistencia técnica para la tramitación de expedientes.
  • Formación en emergencias.
  • Auditorías de seguridad y autoprotección.

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